viernes, 15 de febrero de 2013

LÍMITES DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Según  la Organización foro de la Libertad, los sistemas jurídicos, y la sociedad en general, reconocen límites la libertad de expresión, en particular cuando la libertad de expresión entra en conflicto con otros valores o derechos. Limitaciones a la libertad de expresión puede seguir el "principio de daño" o el "principio de delito", por ejemplo en el caso de la pornografía o el "discurso del odio". Limitaciones a la libertad de expresión puede ocurrir a través de la sanción legal y/o la desaprobación social.


A los miembros de la Iglesia Bautista Westboro les ha sido específicamente prohibida la entrada a Canadá por el discurso del odio.
En "On Liberty" (1859) John Stuart Mill argumentó que "... debe existir la máxima libertad de profesar y discutir, como una cuestión de convicción ética, cualquier doctrina, por inmoral que pueda considerarse". Mill sostiene que la mayor libertad de expresión es necesaria para empujar a los argumentos de sus límites lógicos, en lugar de los límites de la vergüenza social. Sin embargo, Mill también introdujo lo que se conoce como el principio de daño, en la colocación de la siguiente limitación a la libre expresión: "el único propósito para el cual el poder se puede ejercer legítimamente a través de cualquier miembro de una comunidad civilizada contra su voluntad, es para evitar daños a otros".
En 1985, Joel Feinberg introdujo lo que se conoce como el principio de "ofensa", argumentando que el principio del daño de Mill no ofrece una protección suficiente contra los comportamientos ilícitos de los demás. Feinberg, escribió: "Siempre es una buena razón en apoyo de una prohibición penal propuesto que probablemente sería una forma eficaz de prevención de ofensas graves (en contraposición a la lesión o daño) a otras personas que el actor, y que es probable que sea necesaria medios para tal fin ". Por lo tanto Feinberg sostiene que el principio de daño pone el listón demasiado alto y que algunas formas de expresión pueden ser legítimamente prohibidas por la ley porque son muy ofensivas. Pero, como ofender a alguien es menos grave que dañar a alguien, las penas impuestas deben ser más altos por causar daño. Mill, al contrario, no apoya sanciones legales si no se basan en el principio de daño. Dado que el grado en que las personas pueden ofenderse varía, o puede ser el resultado de prejuicios injustificados, Feinberg sugiere que un número de factores deben tenerse en cuenta al aplicar el principio de la ofensiva, incluyendo: el alcance, la duración y el valor social del discurso, la facilidad con que se puede evitar, los motivos del orador, el número de personas ofendidas, la intensidad de la ofensa, y el interés general de la comunidad. 

Mas sobre este tema en 





















en el siguiente vídeo podremos saber un poco mas sobre  lo que son los limites de la libertad de expresión.

http://www.youtube.com/watch?v=50QnP84dxgk

“La libertad de uno empieza cuando termina la libertad del otro” dice el adagio, eso quiere decir que el otro tiene sus propios valores, actitudes, pensamiento, percepciones y pautas de comportamiento que determinan su forma de ser y de actuar en la sociedad, enmarcado en lo que mandan las normas jurídicas y éticas y que debe ser respetado desde cualquier punto de vista, siempre en resguardo de los valores y de la dignidad de la personas con base en la Constitución Política del Estado y leyes conexas.



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